De acuerdo con el estudio económico realizado por la Dian, los tres días sin IVA se justifican en la necesidad de continuar con la re-activación de la economía, por medio del impulso en las ventas a los diferentes sectores económicos del país que comercialicen bienes gravados con este impuesto y que estén cubiertos con la exención, de conformidad con lo previsto por los artículos 37, 38 y 39 de la Ley 2155 del 2021.
Para su determinación se tomó en cuenta el recaudo del impuesto para todos los bimestres del año de los últimos 5 años, con el fin de determinar el mes o los meses que permitan cumplir el propósito de la norma, es decir, contribuir con el proceso de re-activación de la economía.
Así las cosas
El mencionado informe, el primer día sin IVA debería ubicarse específicamente en el mes de marzo, teniendo en cuenta el efecto de la Semana Santa en el mes de abril, donde históricamente se evidencia aumento en el sector turismo y mayor demanda en los sectores relacionados. El segundo día sin IVA debería llevarse a cabo en el mes de junio, donde también se evidencia menor dinamismo del recaudo en comparación con otros meses.
Finalmente, el tercer día sin IVA se ubica a inicios de diciembre, debido a las particularidades propias de la temporada de fin de año, impulsada por el hecho de que la población en general cuenta con mayor poder adquisitivo por recibir ingresos adicionales a su salario, tales como la prima de servicios u otros beneficios.